Los Órganos de Gobierno y Administración de ADEMA son la Asamblea General y la Junta Directiva. No obstante (art 13 de los Estatutos), la Asociación puede constituir órganos específicos, con plena capacidad de decisión y autonomía, para la gestión de determinados Programas, Planes o Proyectos, siendo su estructura y composición aprobada por Junta Directiva y ratificada, si procede, por Asamblea General. En este sentido ha constituido los Órganos de Decisión para la gestión de los Programas Leader, creados para la toma de decisiones vinculadas a los mismos.
La Asamblea General es el órgano supremo de expresión de la voluntad de la Asociación. Está integrada por todos los asociados y tiene las funciones recogidas en el Título II, capítulo 1 de los Estatutos, y en el artículo 16 del Reglamento de Régimen Interno de ADEMA, ambos documentos aprobados inicialmente en el año 1994, siendo sus responsabilidades las que le correspondan como Órgano superior de la Asociación.
La Junta Directiva es el órgano permanente de gobierno, gestión, administración y dirección de la Asociación. Está compuesta por un Presidente, tres Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero y diez Vocales, elegidos todos ellos entre los miembros de la Asamblea General, siendo sus funciones las señaladas en el art 26 de los Estatutos y 27 del Reglamento Interno de la Asociación.
Funciones específicas del Presidente y vicepresidentes: Artículo 27 de los Estatutos y artículo 30 del Reglamento del Régimen Interno.
Funciones específicas del Secretario: Artículo 28 de los Estatutos y 31 del Reglamento del Régimen Interno
Funciones específicas del Tesorero: Artículo 29 de los Estatutos y 32 del Reglamento del Régimen Interno.
La Junta Directiva queda facultada para interpretar los Estatutos, el Reglamento de Régimen Interno y para resolver cualquier cuestión no prevista en los mismos, dando cuenta en la primera Asamblea General que se celebre posteriormente para su ratificación, si procede.
Los Órganos de Decisión Leader tienen funciones específicas en la tramitación de ayudas de los Programas de Desarrollo Local y entre ellas:
Siendo sus responsabilidades
Los Órganos de Decisión Leader están compuestos por los integrantes de la Junta Directiva, los cuales conservan sus cargos, y, en su caso, por algún miembro de determinados colectivos que no estuviese representado en la Junta y cuya presencia viniera exigida por la normativa aplicable a los Programas de Desarrollo Local. El primer Órgano de Decisión que se creó fue para la gestión del Programa Leadercal
De las sesiones de cada órgano colegiado se levantan actas que hasta 2014 se venían reflejadas en su correspondiente Libro de Actas, en papel oficial sellado por el Registro Mercantil. A partir del ejercicio 2014, con el cambio de normativa, se legalizan los Libros anualmente mediante inscripción digital en dicho Registro.
Los Órganos de la Asociación están asistidos por un equipo técnico cualificado compuesto por gerente, técnicos y personal administrativo.