Beneficiarios de Ayudas LEADER
Podrán solicitar ayudas para la realización de proyectos los siguientes titulares:
- Las personas físicas (solo para proyectos no productivos).
- Las personas físicas que sean empresarios individuales o que vayan a serlo a través del proyecto presentado.
- Sociedades mercantiles, sociedades agrarias de transformación, sociedades laborales, cooperativas, fundaciones, asociaciones así como cualquier otra entidad, asociativa o societaria, con personalidad jurídica recogida en la legislación vigente. En el supuesto de asociaciones o fundaciones cuyo ámbito de actuación sea superior al provincial deberán justificar su vinculación efectiva al territorio.
- Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal.
- Entidades asociativas privadas de derecho público (Comunidades de Regantes, Consejos reguladores de las indicaciones de calidad….).
- Entidades públicas de carácter local, con ámbito territorial inferior al provincial.
Excepto para entidades locales, los beneficiarios que presenten proyectos productivos deberán cumplir, en su caso, los requisitos exigibles a las PYMES (menos de 250 trabajadores y volumen anual de negocios y balance general anual que no excedan de 50 millones de euros y 43 millones de euros respectivamente.